martes, 23 de febrero de 2010

LOS EXENTOS DEL PAGO DE LA TASA DE BASURA DEBEN SOLICITARLO ANTES DEL 30 DE ABRIL

Ante la falta de información que el Ayuntamiento facilita a los vecinos sobre el pago de la Tasa de Basura, la Asociación de Vecinos de Vicálvaro ha creído necesario transmitir la siguiente información a todos los vecinos que pueden estar en situación de exención del pago de esta nueva tasa.

No todos los vecinos están obligados a pagar la tasa de basura. En el caso de las viviendas, los contribuyentes con ingresos reducidos quedarán exonerados de la tasa.

Cuando los ingresos totales obtenidos en 2009 de las personas que figuren empadronadas en la vivienda no superen las siguientes cuantías, todas referidas al IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples), que es el indicador público de renta utilizado para otrorgar ayudas y subvenciones (el IPREM mensual fijado para 2010 es de 532,51 euros):

–En el caso de hasta dos personas empadronadas: 1,3 x IPREM (unos 692 euros mensuales).

–En el caso de hasta cuatro personas empadronadas: 1,6 x IPREM (unos 852 euros).

–Desde cinco personas empadronadas: 2 x IPREM (1.065 euros).

Este beneficio fiscal deberá ser solicitado por el contribuyente antes del 30 de abril de cada año y una vez concedido será válido durante tres años, salvo que cambien las circunstancias que motivaron su otorgamiento.

El impreso necesario se podrá obtener llamando al teléfono 010 o descargándolo de la página web www.munimadrid.es/tasaresiduos También puede obtenerse directamente en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente o en las de Atención al Ciudadano (Línea
Madrid) situadas en cada distrito.

El citado impreso de solicitud se puede presentar en las Oficinas Municipales de Registro y en todas aquellas oficinas de Registro que establecen las disposiciones vigentes.

No es necesario aportar ninguna documentación adjunta a la solicitud pues lo datos económicos serán comprobados por la administración.

Hay previsto un mecanismo de devolución para aquellos supuestos en los que los contribuyentes tenían derecho a la reducción y hubieran ingresado el importe de la tasa que consiste en cumplimentar el mismo impreso de solicitud haciendo constar en «Observaciones» los datos bancarios para que le sea devuelta la cantidad correspondiente.